Con el objetivo de reducir los delitos cometidos por personas que viajan en motocicleta, el diputado de Morena, Miguel Trujillo de Ita, propuso una reforma a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del estado de Puebla para limitar a una sola persona los viajes en moto.
La iniciativa fue presentada ante la Comisión Permanente del Congreso del Estado y plantea que las motocicletas no podrán transportar a más de un pasajero, excepto en casos específicos.
En caso de aprobarse, corresponderá al gobierno estatal y a los ayuntamientos establecer las multas y sanciones correspondientes.
“En las motocicletas no podrán viajar más de una persona, respetando las medidas de seguridad. Las autoridades estatales y municipales deberán establecer multas y sanciones en el reglamento”, señala la propuesta del legislador.

Buscan frenar delitos cometidos en motocicleta
Trujillo de Ita argumentó que la propuesta responde al incremento de delitos cometidos por personas que se movilizan en motocicletas, principalmente robos, homicidios e intentos de secuestro.
Los municipios que concentran la mayor incidencia de estos delitos son Puebla capital, San Martín Texmelucan, Amozoc y Atlixco.
“No pretendemos criminalizar al motociclista honesto, pretendemos cerrar la puerta a quienes utilizan la moto para delinquir”, puntualizó el diputado morenista.
¿En qué casos sí podrán viajar dos personas?
La propuesta incluye excepciones en las que se permitirá que dos personas viajen en una motocicleta:
- Cuando se traslade a una persona herida o enferma sin otra opción de transporte.
- En vehículos de corporaciones de seguridad, protección civil o emergencias.
- Si el acompañante es cónyuge, concubino, hijo(a), madre o padre del conductor, siempre que porten una identificación.
- En comunidades rurales e indígenas donde la motocicleta sea el único medio de transporte, limitando su uso a trayectos cortos.
- Retiro de motos con grúa
La reforma también contempla nuevas causales para retirar motocicletas con grúa, independientemente de que esté presente o no el conductor:
- Cuando no porten placas de circulación.
- Si tienen placas vencidas o permisos provisionales mal colocados.
- En caso de portar placas alteradas, adulteradas o ilegibles.
- Si se detectan sistemas de ocultamiento o mecanismos para evitar su identificación.