La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas de Durango y San Luis Potosí que establecían la alternancia obligatoria de género en las candidaturas a las gubernaturas, determinación que impacta el debate abierto en Puebla sobre adelantar esta medida para la elección de 2030.
Durante la sesión de este 28 de septiembre, el máximo tribunal determinó que los Congresos estatales excedieron sus atribuciones al establecer reglas que obligaban a los partidos políticos a alternar el género de sus postulaciones en cada proceso electoral, al considerar que podrían limitar la participación de personas de uno u otro género.
La resolución ocurre después de que en Puebla comenzó el cabildeo para modificar el artículo 71 de la Constitución local y establecer que la alternancia de género en la gubernatura aplicara desde 2030, en lugar de 2036, como actualmente contempla la legislación estatal.
El tema ya había generado posiciones encontradas en Puebla. El alcalde capitalino, Pepe Chedraui, calificó como inconstitucional la propuesta, mientras que integrantes de Morena habían planteado impulsar la modificación constitucional para adelantar la aplicación de la alternancia en la sucesión estatal.
Con el criterio adoptado por la SCJN, el Congreso de Puebla tendría que revisar la disposición vigente y el alcance de cualquier reforma relacionada con la alternancia de género en la gubernatura, luego de que la Corte estableció que este tipo de reglas no pueden imponerse bajo las condiciones analizadas en los casos de Durango y San Luis Potosí.