Por falta de pruebas que acrediten su responsabilidad en el delito de tortura contra la periodista Lydia Cacho Ribeiro, un tribunal federal ordenó absolver a Juan Sánchez Moreno, ex comandante de la Policía Judicial de Puebla.
La decisión fue tomada por unanimidad por el Tercer Tribunal Colegiado en materia penal con sede en Quintana Roo, que concedió un amparo liso y llano al ex funcionario.
El tribunal determinó que no existe evidencia sólida que demuestre que Sánchez Moreno ordenó o participó de manera indirecta en los actos de tortura denunciados por Cacho, quien en 2005 fue detenida en Cancún y trasladada a Puebla tras exponer una red de pederastia en México.
Los magistrados concluyeron que, tras analizar las declaraciones y peritajes psicológicos, no se pudo desvirtuar la presunción de inocencia del ex comandante.
“No se cuenta con prueba alguna que destruya de manera contundente el principio de presunción de inocencia o que confirme sin lugar a dudas que el quejoso instruyó a terceros a cometer los actos de tortura”, señala la resolución judicial, de acuerdo con información de la Jornada.
Con esta decisión, el tribunal ordenó que en un plazo máximo de 24 horas se emita una sentencia absolutoria a favor de Sánchez Moreno, quien había sido condenado en 2020 a cinco años y tres meses de prisión, pena que en 2021 fue aumentada a siete años y seis meses, además de una inhabilitación por 15 años para ejercer cargos públicos.
La denuncia de Lydia Cacho, periodista y defensora de derechos humanos, derivó en 2018 en una acción penal emprendida por la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE) en contra de Juan Sánchez Moreno y otras seis personas, entre ellas el ex gobernador de Puebla, Mario Marín Torres, y el empresario José Kamel Nacif Borge, acusados de presuntamente orquestar su detención y malos tratos.
Sánchez Moreno recurrió a la justicia federal con el amparo directo 76/2022, el cual fue resuelto favorablemente el pasado 4 de julio.
El tribunal consideró que no había pruebas suficientes ni válidas para sostener su culpabilidad como autor mediato, es decir, como quien ejecuta un delito a través de otras personas.