La SCJN dio un plazo de un año al Congreso de Puebla para que modifique la ley Agnes
Por: Esteban López / @Estevanz01
La Suprema Corte Justicia de la Nación (SCJN) dio un plazo de un año al Congreso de Puebla para que modifique la ley Agnes y las personas menores de edad puedan cambiar su identidad de género autopercibida en su acta de nacimiento.
A través de su cuenta de _Twitter_, la Corte publicó un comunicado en el que establece los lineamientos para que el Congreso de Puebla legisle sobre la rectificación del acta de nacimiento en infancias y adolescencias trans.
Por lo que, los diputados locales deberán ajustar el artículo 875 del Código Civil del Estado.
La SCJN pide porque que el proceso para el cambio del acta de nacimiento sea ágil, expedito, gratuito y eficaz en el Registro Civil basado en el consentimiento libre e informado de la niña, niño o adolescente u diseñado con perspectiva interseccional.
Asimismo, el acta debe rectificar conforme a su identidad y el Registro Civil no debe exigir requisitos basados en prejuicios o estereotipos.
El proceso debe incluir a los tutores o de un representante legal, así como la asistencia de la Procuraduría de los Derechos de la Infancia.
Además, el trámite deberá ser confidencial, gratuito y sin alterar la titularidad de los derechos y las obligaciones jurídicas contraídas previamente.
El pasado 3 de marzo la la SCJN falló para que las personas menores de edad puedan hacer el cambio en su acta de nacimiento conforme a su identidad de género autopercibida.
Se establecieron los lineamientos que deberá incorporar el Congreso de Puebla al legislar sobre la rectificación del acta de nacimiento de infancias y adolescencias trans, para que puedan ejercer su derecho a la identidad de género autopercibida.
🔗 https://t.co/R4QV1nF8C6 pic.twitter.com/vdFP5e8U8W— Suprema Corte (@SCJN) March 7, 2022