La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizará este 14 de abril un proyecto que propone invalidar el delito de ciberasedio en Puebla, al considerar que su redacción es ambigua y representa un riesgo para la libertad de expresión.
La ponencia está a cargo del ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, quien plantea declarar inconstitucional el artículo 480 del Código Penal del estado, reformado en 2025 para sancionar conductas realizadas a través de medios digitales.
La acción de inconstitucionalidad fue promovida en agosto del año pasado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, mientras que la impugnación presentada por el Partido Acción Nacional fue desechada por falta de legitimación.
Ambigüedad y falta de claridad, los principales argumentos
El proyecto identifica que la norma presenta problemas de ambigüedad en su redacción, particularmente en el uso de términos como “vigilar”, “hostigar”, “intimidar” u “ofender”, los cuales dependen de percepciones subjetivas y no de criterios objetivos.
Como ejemplo, se señala que en redes sociales resulta complicado distinguir entre una conducta de vigilancia intencional y el simple consumo casual de contenido, lo que podría derivar en interpretaciones arbitrarias.
Otro punto es la falta de intención dolosa en la configuración del delito. Es decir, la ley no exige probar que el acusado actuó con la intención de causar daño, lo que genera incertidumbre jurídica y abre la puerta a posibles abusos en su aplicación.
Riesgo de censura y efecto inhibitorio
El documento advierte que la redacción actual del delito podría afectar directamente la libertad de expresión, al inhibir la emisión de opiniones legítimas por temor a enfrentar consecuencias penales.
Este “efecto inhibitorio”, señala el proyecto, podría provocar autocensura entre usuarios de redes sociales, periodistas y ciudadanos en general.
Efectos retroactivos y nueva legislación
En caso de que el pleno de la Corte apruebe el proyecto, la invalidez del delito tendría efectos retroactivos a partir del 11 de julio de 2025, lo que beneficiaría a las personas que hayan sido procesadas bajo esta figura.
Además, el Congreso del Estado de Puebla estaría obligado a emitir una nueva regulación con mayor claridad y precisión jurídica.