Las bancadas de Morena y Nueva Alianza presentaron una iniciativa para tipificar el delito de transhomicidio en Puebla, el cual podría castigarse con penas de hasta 90 años de prisión, como parte de una propuesta para sancionar los crímenes motivados por odio hacia personas trans.
La iniciativa fue presentada por el diputado de Morena, Pavel Gaspar Ramírez, y la diputada Leonela Jazmín Martínez Ayala, de Nueva Alianza Puebla, quienes plantean adicionar una nueva sección al Código Penal del Estado.
El proyecto propone la creación de la Sección VI “Del Transhomicidio”, dentro del Capítulo Décimo Quinto del Código Penal, con el objetivo de reconocer y castigar de manera específica la violencia letal contra personas trans.
De acuerdo con el Artículo 339, comete el delito de transhomicidio quien prive de la vida a una persona trans cuando el acto esté motivado por odio, rechazo, desprecio, discriminación o prejuicio relacionados con su identidad o expresión de género, ya sea real o percibida, independientemente del sexo asignado al nacer.
El Artículo 339 Bis establece que se presumirá este motivo cuando existan antecedentes de violencia, expresiones de odio, actos degradantes, violencia sexual, exposición del cuerpo u otros indicios que revelen prejuicio por identidad o expresión de género.
Hasta 90 años de cárcel por transhomicidio en Puebla
Según el Artículo 339 Ter, la pena por transhomicidio será de 40 a 60 años de prisión, además de una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
No obstante, las sanciones podrán incrementarse hasta en una mitad, conforme al Artículo 339 Quáter, cuando concurran agravantes como:
• Participación de dos o más personas
• Existencia de una relación de confianza o subordinación
• Que el delito sea cometido por un servidor público
• Que la víctima se encuentre en situación de especial vulnerabilidad
• Presencia de extrema violencia o ensañamiento
En estos casos, la pena mínima ascendería a 60 años y la máxima podría llegar a 90 años de cárcel.