El titular de la Contraloría Municipal figura como quejoso en el expediente 955/2026, con fecha de acuerdo del 18 de agosto. Su nombre se suma al de la presidenta Ariadna Ayala y el tesorero Juan Francisco García en una sucesión de recursos ante la justicia federal.
ATLIXCO, Pue.– La controversia judicial que atraviesa al Ayuntamiento de Atlixco suma un nuevo capítulo. Ahora es Heraclio Hernández Ramírez, titular de la Contraloría Municipal, quien aparece como quejoso en un juicio de amparo identificado con el expediente 955/2026.
De acuerdo con el documento cuya copia obra en esta investigación, el procedimiento corresponde a un amparo principal y registra como fecha de acuerdo el 18 de agosto de 2026. El mismo documento identifica como actuario a Maricela Rodríguez Niño.
La aparición de Hernández Ramírez se produce apenas días después de que la presidenta municipal, Ariadna Ayala Camarillo, promoviera el amparo 914/2026. Posteriormente, el tesorero municipal Juan Francisco García Martínez hizo lo propio mediante el expediente 923/2026.
Así, en cuestión de días, tres integrantes de la estructura central del gobierno municipal —la Presidencia, la Tesorería y ahora la Contraloría— aparecen relacionados con recursos de amparo ante tribunales federales.
El dato adquiere especial relevancia por la responsabilidad que tiene Hernández Ramírez dentro del Ayuntamiento. El propio Gobierno Municipal de Atlixco lo identifica como Contralor Municipal, mientras que documentos oficiales lo ubican al frente de la dependencia desde 2023.
La Contraloría no es un área menor dentro de la administración pública: interviene en materia de control, fiscalización, evaluación y responsabilidades administrativas, entre otras atribuciones.
Por ello, la aparición del nombre del contralor en un tercer expediente judicial inevitablemente abre nuevas preguntas sobre el momento que vive la administración municipal.
Es importante precisar que la promoción de un juicio de amparo no implica que una persona sea responsable de un delito ni demuestra, por sí misma, la existencia de una orden de aprehensión. El alcance del expediente 955/2026 deberá establecerse a partir de las actuaciones judiciales correspondientes.
Lo que sí resulta verificable es que la administración de Atlixco enfrenta, en un periodo particularmente delicado, una sucesión de movimientos jurídicos que involucra ya a tres de sus principales funcionarios.