Por: Osvaldo Macuil / @OsvaldoMacuil
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma electoral que promovieron el PT y Movimiento Ciudadano por los lineamientos de paridad de género y la desaparición del gran perdedor, lo cual fue aprobado en el Congreso de Puebla.
De este modo, el trabajo de los diputados locales se mantiene intacto y aplicará en el proceso electoral 2021.
La Corte determinó que eliminar el gran perdedor de la Constitución Local mantiene el principio de representación proporcional.
En tanto que el artículo 12, sobre la paridad de género para conformar el Congreso de Puebla fue avalado por los ministros.
En cuanto a las modificaciones a los artículos 215 Bis y 215 Ter del Código Electoral local, relativo a la facultad del Instituto Electoral del Estado para elaborar los bloques de competitividad, la Suprema Corte determinó que dicha modificación es una acción afirmativa en favor de las mujeres.
El Pleno de la Corte determinó que son válidas las reformas a la Constitución local y al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de Puebla, en materia de paridad género. pic.twitter.com/zLV4OLKhfh
— Suprema Corte (@SCJN) November 10, 2020
